Requisitos de aviso de nómina en la Ciudad de Nueva York

Trabajo y Empleo New York 4 minutos de lectura · publicado febrero 02, 2026 Flag of New York

Los empleadores con trabajadores en la Ciudad de Nueva York, Nueva York deben seguir las normas estatales y municipales sobre avisos de nómina, recibos de pago y conservación de registros. La Sección 195 de la Ley Laboral del Estado de Nueva York exige un "Aviso al Empleado" por escrito al contratar que describa la tasa de pago, el día de pago regular, las asignaciones y la información de contacto del empleador; el formulario oficial y la orientación los publica el Departamento de Trabajo del Estado de Nueva York.[1]

Proporcione el aviso por escrito antes o en el momento de la contratación para evitar riesgos de incumplimiento.

Multas y Aplicación

La aplicación de los requisitos de aviso de nómina y de los recibos de sueldo la realizan agencias estatales y municipales. Las vías de denuncia a nivel de ciudad y las protecciones laborales son administradas por el Departamento de Protección al Consumidor y al Trabajador de la Ciudad de Nueva York (DCWP). Para los procedimientos de aplicación de la ciudad y la presentación de denuncias, consulte las páginas de derechos de los trabajadores del DCWP.[2] Cuando las sanciones monetarias específicas no aparecen en las páginas citadas, el texto siguiente indica "no especificado en la página citada" y remite a la fuente oficial.

  • Multas y sanciones civiles: no especificado en la página citada para el resumen del DCWP; consulte a la agencia que aplica para montos y referencias legales.
  • Escalada: para infracciones iniciales, repetidas o continuas y sus rangos no aparece especificado en la página citada; pueden iniciarse acciones estatutarias conforme a la ley estatal.
  • Sanciones no monetarias: órdenes de pago de salarios adeudados, órdenes administrativas, medidas cautelares y acciones judiciales son descritas por las agencias de aplicación o en los estatutos aplicables.
  • Agente aplicador y vías de denuncia: el Departamento de Trabajo del Estado de Nueva York proporciona formularios y orientación para los avisos de la §195, mientras que el DCWP de la Ciudad de Nueva York recibe denuncias locales e investiga problemas de derechos laborales.[2]
  • Apelaciones y plazos: los plazos específicos de apelación y las limitaciones legales no aparecen especificados en los resúmenes del DCWP; consulte las páginas estatales citadas o las órdenes de la agencia para plazos precisos.

Solicitudes y Formularios

El formulario principal que deben usar los empleadores es el "Aviso al Empleado" del Departamento de Trabajo del Estado de Nueva York para cumplir con el requisito escrito de la §195. El DOL publica el aviso modelo y versiones multilingües para que los empleadores lo entreguen al contratar.[1]

Si modifica el aviso oficial, guarde una copia de la versión entregada al empleado en los registros de nómina.

Infracciones Comunes

  • No entregar el aviso por escrito en la contratación.
  • Información incompleta o inexacta sobre la tarifa de pago o el día de cobro en el aviso.
  • Falta de recibos de sueldo detallados o registros de nómina.

FAQ

¿Deben los empleadores en la Ciudad de Nueva York dar avisos de pago por escrito a los nuevos empleados?
Sí. Los empleadores deben entregar un aviso por escrito al contratar que incluya la tasa de pago, la frecuencia de pago, el día de pago regular, la información de contacto del empleador y las asignaciones; utilice el modelo "Aviso al Empleado" del DOL del Estado de Nueva York.
¿Qué información debe incluir el aviso?
El aviso debe indicar el nombre y dirección del empleador, el nombre del empleado, la tarifa y la base de pago (por hora, salario, pieza), las asignaciones si las hay, la frecuencia de pago y el día de pago o método de pago.
¿Cómo puede un empleado denunciar avisos de nómina faltantes o incorrectos en la Ciudad de Nueva York?
Los empleados pueden presentar denuncias ante el Departamento de Protección al Consumidor y al Trabajador de la Ciudad de Nueva York o ante el Departamento de Trabajo del Estado de Nueva York, que ofrecen vías de recepción e investigación.

Cómo hacer

  1. Identifique la ley aplicable y el aviso modelo: obtenga el "Aviso al Empleado" del DOL del Estado de Nueva York y revise la orientación municipal.
  2. Prepare el aviso: elabore el aviso para cada nuevo trabajador usando el formulario oficial o un equivalente que incluya todos los campos obligatorios.
  3. Entregue y conserve el aviso: entregue el aviso por escrito al inicio del empleo y conserve una copia firmada en el expediente del empleado.
  4. Proporcione recibos y registros: entregue recibos de sueldo detallados en cada pago y conserve los registros de nómina por el periodo legal correspondiente.
  5. Corrija deficiencias: responda a las consultas de los trabajadores y corrija cualquier deficiencia de forma inmediata; documente las correcciones y comunicaciones.
  6. Responda a denuncias: si se recibe una denuncia, siga las instrucciones de la agencia investigadora y prepare los registros solicitados para la inspección.

Puntos clave

  • Entregue el aviso por escrito al contratar usando el modelo del DOL.
  • Mantenga registros precisos de nómina y recibos de sueldo.
  • Utilice las vías de denuncia del DCWP y del DOL para aplicación o consultas.

Ayuda y Recursos


  1. [1] Departamento de Trabajo del Estado de Nueva York - Aviso al Empleado
  2. [2] Departamento de Protección al Consumidor y al Trabajador de la Ciudad de Nueva York - Derechos de los Trabajadores