Reportar especies invasoras y daños a la fauna - Ordenanza de Miami

Protección Ambiental Florida 5 minutos de lectura · publicado febrero 08, 2026 Flag of Florida

En Miami, Florida, residentes y administradores de propiedades deben reportar avistamientos de especies invasoras y daños causados por fauna rápidamente a la ciudad y a las agencias competentes para reducir el daño ecológico y los riesgos de seguridad. Esta guía explica quién aplica las normas municipales, cómo reportar daños, qué sanciones pueden aplicarse y los pasos inmediatos a seguir al encontrar plantas invasoras, plagas o fauna molesta. Compila canales oficiales de reporte y fuentes legales para que pueda actuar con rapidez y documentar los incidentes correctamente para la aplicación o permisos estatales.

Qué reportar y cuándo

Reporte daños visibles a la propiedad, fauna agresiva o herida, plantas o animales invasores establecidos (por ejemplo, especies que desplazan hábitat nativo) o incidentes de plagas repetidos que afecten espacios públicos. Tome fotos con fecha, anote la ubicación exacta y, si es seguro, registre el comportamiento o el patrón de expansión antes de la remoción.

  • Llame al 311 de la Ciudad de Miami o presente una solicitud de servicio en línea para reportes de fauna no urgente o especies invasoras.
  • Para especies exóticas reguladas o plagas estatales, consulte la orientación y procedimientos de notificación de la Florida Fish and Wildlife Conservation Commission.
  • Consulte el Código de Ordenanzas de la Ciudad de Miami para definiciones municipales y disposiciones sobre molestias al documentar violaciones para la aplicación.
Mantenga fotos, fechas y nombres de testigos para respaldar la aplicación o las solicitudes de permiso.

Sanciones y aplicación

La Ciudad de Miami aplica disposiciones del código municipal que abordan molestias, mantenimiento de la propiedad y seguridad pública relacionadas con especies invasoras y daños por fauna. Las multas monetarias concretas, la escalada por infracciones repetidas o continuas y las órdenes no monetarias dependen de la ordenanza o sección del código que corresponda y de la división que aplica la norma.

  • Montos de las multas: no especificado en la página citada; consulte el Código de Ordenanzas de la Ciudad de Miami para las sanciones por sección.
  • Escalada: las infracciones iniciales, repetidas o continuas y las multas por violación continua se establecen en secciones concretas de la ordenanza; cuando no se muestran montos, debe consultarse la página del código municipal citada.
  • Sanciones no monetarias: los remedios habituales incluyen órdenes de abatimiento, directivas de remoción o erradicación, órdenes de reparación de la propiedad, incautación de materiales si son peligrosos, audiencias administrativas y remisión a la corte municipal según corresponda; los remedios precisos están regulados por el texto de la ordenanza.
  • Autoridad aplicadora y ruta de queja: los reportes iniciales se reciben por 311 de la Ciudad de Miami y se remiten a Cumplimiento del Código, Parques o divisiones ambientales según corresponda; los peligros animales urgentes pueden derivarse a los servicios de animales del condado o a las autoridades estatales.
  • Apelación/revisión: las apelaciones administrativas o audiencias se tramitan mediante los procesos de revisión o juntas de cumplimiento del código de la Ciudad; los plazos concretos para presentar apelaciones no están especificados en la página citada y deben confirmarse en la ordenanza o la página del departamento.
  • Defensas y discreción: pueden aplicarse exenciones para remociones autorizadas, control autorizado por el estado o acciones de emergencia por seguridad pública; también pueden requerirse permisos estatales para manejo o erradicación de fauna.
Si requiere una multa o plazo específico para su caso, solicite la citación de la ordenanza al Cumplimiento del Código cuando presente el reporte.

Solicitudes y formularios

Cómo presentar reportes y qué formularios se usan:

  • Solicitud de servicio municipal: envíe una solicitud 311 en línea o por teléfono para reportes iniciales de especies invasoras o daños por fauna; no se requiere un formulario municipal separado para el reporte inicial.
  • Permisos estatales: para captura, reubicación o remoción letal de cierta fauna o para manejo de especies no nativas reguladas, siga las instrucciones de permisos de la Florida Fish and Wildlife Conservation Commission; los nombres de permisos y tasas específicas figuran en la página de FWC.

Violaciones comunes y acciones típicas

  • Permitir que plantas invasoras se propaguen desde propiedad privada a vías públicas o parques: suele resultar en órdenes de abatimiento y posibles multas (montos no especificados en la página citada).
  • Remoción o alteración no autorizada de hábitat nativo al controlar invasores: puede exigir permisos y ocasionar órdenes de cese de trabajo o sanciones si se requieren permisos y no se obtuvieron.
  • No asegurar la propiedad permitiendo que la fauna genere riesgos: puede conducir a acciones por molestia de seguridad pública y requerimientos de abatimiento (ver código municipal).
Los riesgos inmediatos para la seguridad pública deben notificarse al 311 y, si existe peligro inminente, a los servicios de emergencia.

Pasos de acción para residentes

  • Documente: tome fotos claras que muestren la especie y los daños, y anote la dirección exacta o coordenadas GPS.
  • Reporte: presente una solicitud 311 de la Ciudad de Miami con fotos e información de contacto; para especies reguladas, notifique también a FWC.
  • Haga seguimiento: solicite la citación de la ordenanza, el número de caso y el plazo estimado para inspección y remediación.

Preguntas frecuentes

¿Cómo reporto plantas o animales invasores en Miami?
Presente una solicitud de servicio 311 de la Ciudad de Miami en línea o por teléfono; si la especie está regulada por el estado, notifique también a la Florida Fish and Wildlife Conservation Commission.
¿Quién aplica la remoción o control de especies invasoras?
El Cumplimiento del Código de la ciudad, Parques y las divisiones ambientales aplican las ordenanzas municipales; las agencias estatales pueden aplicar reglas y permisos específicos por especie.
¿Existen multas por no remover especies invasoras?
Las multas y la escalada se establecen en secciones de la ordenanza; los montos no están especificados en las páginas municipales citadas y deben confirmarse con Cumplimiento del Código al presentar una queja.

Cómo hacer

  1. Recoja fotos claras que muestren la especie y cualquier daño, y anote la ubicación exacta.
  2. Envíe una solicitud 311 de la Ciudad de Miami con fotos e información de contacto, o llame al 311.
  3. Si la especie figura en una lista regulada o necesita remoción de fauna, contacte a FWC o siga sus instrucciones de permiso.
  4. Haga seguimiento con el número de caso, asista a audiencias o inspecciones requeridas y cumpla con órdenes o condiciones de permisos.

Conclusiones clave

  • Reporte rápidamente por 311 y canales estatales para preservar pruebas y acelerar la inspección.
  • La aplicación municipal se basa en el texto de la ordenanza; confirme multas y plazos con Cumplimiento del Código.
  • Puede requerirse permisos estatales para remoción o control; consulte la guía de FWC antes de actuar.

Ayuda y Apoyo / Recursos


  1. [1] City of Miami Code of Ordinances (Municode)
  2. [2] City of Miami 311 - Contact Center
  3. [3] Florida Fish and Wildlife Conservation Commission - Nonnative Species