Guía de San José sobre Licencia Pagada por Enfermedad: Registros y Uso

Trabajo y Empleo California 4 minutos de lectura · publicado febrero 06, 2026 Flag of California

Los empleadores y empleados de San José, California deben seguir las normas estatales y locales sobre licencia por enfermedad pagada, incluyendo devengo, usos permitidos y conservación de registros. Esta guía explica quiénes están cubiertos, qué registros deben mantener los empleadores, cómo pueden usar el tiempo acumulado los empleados y dónde presentar quejas o reclamos laborales. Cuando San José no publica una ordenanza municipal separada, la aplicación y la orientación administrativa detallada sobre la licencia pagada por enfermedad se rigen por el Departamento de Relaciones Laborales de California y la División de Aplicación de Normas Laborales (DLSE)[1]. Siga los pasos a continuación para asegurar el cumplimiento y proteger los derechos de los empleados.

Quién está cubierto y reglas básicas

La ley estatal de licencia por enfermedad pagada de California exige que la mayoría de los empleadores otorguen días por enfermedad pagados a los empleados. Los empleados cubiertos acumulan o reciben licencia pagada según la política del empleador conforme a las reglas estatales. Los empleadores deben publicar por escrito la política de devengo y uso y comunicarla al personal.

  • Empleados: la mayoría de los empleados a tiempo completo, parcial y temporales que trabajan en California están cubiertos.
  • Devengo: los empleadores pueden usar un método de devengo o una política de concesión inicial coherente con los mínimos estatales.
  • Uso: los empleados pueden usar la licencia pagada por enfermedad para su propia enfermedad, para cuidar a un familiar y por otras razones permitidas por la ley estatal.
Mantenga una política por escrito que muestre cómo funcionan el devengo y el uso para cada empleado.

Requisitos de conservación de registros

Los empleadores deben conservar registros de nómina y asistencia que muestren las horas trabajadas, el tiempo por enfermedad pagado acumulado y usado, y los saldos. La orientación de California recomienda conservar estos registros durante al menos tres años; cuando existan normas locales diferentes, siga el requisito más estricto.

  • Conservación: guarde registros de devengo, uso y saldos durante al menos tres años desde la fecha de creación.
  • Documentación: registre tarjetas de tiempo, nómina y políticas escritas juntos.
  • Solicitudes: proporcione registros al empleado cuando lo solicite según la ley o el procedimiento de la agencia.
Los empleadores deben poder mostrar el devengo y uso por empleado y por periodo de pago durante tres años.

Multas y aplicación

La responsabilidad de aplicación para reclamos de licencia pagada por enfermedad que afectan a trabajadores de San José la maneja la División de Aplicación de Normas Laborales de California (DLSE) y agencias estatales relacionadas cuando no existe una ordenanza municipal separada. Las multas monetarias específicas y los cronogramas de sanciones no están especificados en la página de DLSE citada; los remedios comunes incluyen pago retroactivo, intereses y sanciones civiles cuando la ley lo autoriza.[1]

  • Cantidad de multas: no especificada en la página citada.
  • Escalation: rangos para primera, repetida y continuada no especificados en la página citada.
  • Sanciones no monetarias: órdenes de pago de salarios, medidas cautelares y determinaciones administrativas pueden emitirse.
  • Ente sancionador: la DLSE de California tramita reclamos e investigaciones; las oficinas locales pueden remitir quejas a la DLSE.
  • Inspección y denuncia: los empleados presentan reclamos o quejas ante la DLSE siguiendo los procedimientos de la agencia.
  • Apelaciones: las decisiones administrativas pueden apelarse según los procedimientos estatales; los plazos para apelar no están especificados en la página citada.
  • Defensas: los empleadores pueden invocar exenciones, cumplimiento de buena fe u otras defensas estatutarias cuando proceda.

Solicitudes y formularios

No existe un formulario municipal especial publicado para San José; los empleados usan el proceso estatal de reclamos salariales y quejas administrado por la DLSE. El sitio de la DLSE publica el formulario de reclamo salarial e instrucciones para presentar reclamos y quejas administrativas.[1]

Cómo deben responder los empleadores

Cuando un empleado solicita licencia pagada o presenta una queja, los empleadores deben documentar la solicitud, ajustar los registros de nómina y comunicar la resolución. Si el empleador considera que la solicitud no está cubierta, entregue una explicación por escrito y conserve registros que muestren por qué se negó o modificó la licencia.

  • Documente todas las solicitudes, aprobaciones, denegaciones y comunicaciones en el expediente del empleado.
  • Responda por escrito de forma pronta a las disputas y conserve los registros relacionados durante al menos tres años.
  • Si se presenta un reclamo, coopere con las investigaciones de la DLSE y entregue los registros solicitados.
Conserve los registros incluso si la disputa se resuelve informalmente para evitar sanciones posteriores.

Preguntas frecuentes

¿Quién tiene derecho a licencia pagada por enfermedad en San José?
La mayoría de los empleados que trabajan en California están cubiertos por la ley estatal; la cobertura local de San José sigue la orientación estatal a menos que la ciudad publique una ordenanza más estricta.
¿Cuánto tiempo deben conservar los empleadores los registros?
Los empleadores deben conservar los registros de horas trabajadas, devengo y uso durante al menos tres años según la orientación de la DLSE de California.
¿Cómo presento una queja si mi empleador niega la licencia?
Presente un reclamo salarial o una queja ante la DLSE de California usando los formularios y procedimientos de la agencia.

Cómo hacer

  1. Adopte una política escrita de licencia pagada por enfermedad que especifique devengo, límites, reglas de uso y traslado.
  2. Registre las horas trabajadas, los devengos y el uso en cada periodo de pago y actualice los registros de nómina.
  3. Proporcione avisos claros a los empleados sobre saldos disponibles y responda a las solicitudes de licencia de forma pronta.
  4. Si surge una disputa, conserve los registros y, si es necesario, informe al empleado sobre los procedimientos de denuncia de la DLSE.

Conclusiones clave

  • Los trabajadores de San José normalmente siguen las reglas estatales; los empleadores deben llevar registros claros.
  • Conserve los registros de devengo y uso durante al menos tres años.
  • Presente reclamos salariales ante la DLSE si no se resuelve la disputa internamente.

Ayuda y recursos


  1. [1] California Department of Industrial Relations - Paid Sick Leave