Reglas de intervención en crisis y retención en San Bernardino

Salud Pública y Bienestar California 4 minutos de lectura · publicado febrero 10, 2026 Flag of California

En San Bernardino, California, la intervención en crisis y las retenciones psiquiátricas temporales se rigen por la ley estatal y se prestan localmente mediante las fuerzas del orden y los proveedores de salud conductual del condado. Este artículo resume quién puede imponer una retención, el alcance de la autoridad, las vías de cumplimiento y apelación, las infracciones comunes y cómo los residentes pueden informar o buscar ayuda. Para los criterios legales, consulte el Código de Bienestar e Instituciones de California y los recursos locales de salud conductual que se enlazan a continuación para procedimientos y contactos oficiales.California WIC §5150[1] San Bernardino County Department of Behavioral Health[2] City of San Bernardino Police Department[3]

Ámbito y autoridad

Según la ley de California, una persona que, como resultado de un trastorno mental, representa un peligro para los demás, para sí misma o está gravemente incapacitada puede ser sometida a una retención involuntaria a corto plazo para evaluación y tratamiento. La implementación local en San Bernardino la llevan a cabo agentes de la ley y clínicos del condado designados en coordinación con la policía municipal y los servicios de salud conductual del condado. El condado opera equipos de crisis y centros receptores para evaluación y estabilización.

Una retención 5150 autoriza hasta 72 horas de detención involuntaria para evaluación.

Multas y aplicación

Las retenciones de crisis y las órdenes relacionadas son procedimientos civiles, no penales. Las multas monetarias generalmente no forman parte de una retención 72 horas; multas específicas o sanciones administrativas no se especifican en las páginas citadas. La aplicación y supervisión incluyen agentes del orden, clínicos del condado e instalaciones receptoras; los procedimientos civiles o de conservación pueden seguir cuando la ley lo autoriza.

  • Ejecutores: agentes de la ley y profesionales de salud mental designados por el condado para la colocación y el transporte a una instalación receptora.
  • Sanciones no monetarias: evaluación involuntaria, hospitalización temporal o posible remisión a procesos de curatela.
  • Apelaciones/revisión: derechos a asesoría legal y revisión judicial; los plazos específicos para apelaciones no se especifican en las páginas citadas.
  • Multas/tasas: no se especifican en las páginas citadas para retenciones iniciales; los procedimientos judiciales pueden conllevar costos administrativos según el caso.
Si usted o alguien está en peligro inmediato, llame al 911 y notifique a los respondedores sobre preocupaciones de salud mental.

Solicitudes y formularios

No existe una "solicitud" pública para solicitar una retención 5150; las retenciones son iniciadas por respondedores autorizados (la policía o clínicos) basándose en la conducta observada o la evaluación profesional. Para acceder a formularios formales, informes de incidentes o documentos médico-legales, comuníquese con el equipo de crisis de salud conductual del condado o con la división de registros del Departamento de Policía de San Bernardino.

  • No se requiere un formulario de solicitud público para iniciar una retención; la iniciación la realizan personas autorizadas en el lugar.
  • Para formularios o solicitudes de registros, comuníquese con salud conductual del condado o con los registros policiales de la ciudad como se indica en Recursos.
El personal autorizado debe seguir los criterios legales al iniciar una retención; el uso indebido puede ser objeto de revisión.

Infracciones comunes y resultados típicos

  • Conducta insegura o amenazas de violencia que conducen a una evaluación involuntaria.
  • Negativa a los cuidados esenciales que provoca evaluaciones por incapacidad grave.
  • Contactos repetidos por crisis que pueden resultar en remisión a servicios a largo plazo o procesos de curatela.

Preguntas frecuentes

¿Qué es una retención 5150?
Una retención 5150 es una detención psiquiátrica involuntaria de 72 horas para evaluación y tratamiento bajo el Código de Bienestar e Instituciones de California §5150.
¿Quién puede imponer una retención?
Agentes autorizados y ciertos profesionales de salud mental con licencia o designados pueden imponer una retención involuntaria cuando se cumplen los criterios legales.
¿Puedo apelar una retención?
Sí; las personas tienen derechos a revisión legal y representación y pueden solicitar recursos judiciales. Los procedimientos y plazos están regidos por la ley estatal y la práctica local.

Cómo hacerlo

  1. Llame al 911 si existe un peligro inmediato y explique la conducta y la ubicación de la persona.
  2. Para no emergencias, comuníquese con la línea no emergente de la policía de San Bernardino o con la línea de acceso de crisis del condado para solicitar una verificación de bienestar o respuesta del equipo móvil de crisis.
  3. Proporcione a los respondedores historial médico, medicamentos y cualquier indicio de daños o intentos para ayudar en la evaluación.
  4. Si se inicia una retención, siga las instrucciones del personal médico e informe sobre derechos del paciente, registros y el proceso de revisión legal o apelación.

Puntos clave

  • La ley estatal autoriza detenciones involuntarias a corto plazo por peligro a sí o a otros o por incapacidad grave.
  • En San Bernardino, la policía y los clínicos del condado implementan las retenciones y coordinan la atención.
  • Las multas no se especifican para retenciones iniciales; los resultados suelen ser evaluaciones, hospitalización o procedimientos civiles.

Ayuda y Apoyo / Recursos


  1. [1] California Welfare and Institutions Code §5150
  2. [2] San Bernardino County Department of Behavioral Health
  3. [3] City of San Bernardino Police Department