Reglas de veto del alcalde y anulación por el concejo - Los Angeles

Gobernanza y Administración General California 4 minutos de lectura · publicado febrero 02, 2026 Flag of California

Los Angeles, California se rige por la Carta Municipal para el veto del alcalde y los procedimientos de anulación por el Concejo. Esta guía explica cómo funciona el veto, el umbral de voto del Concejo para anular, los pasos procedimentales para la reconsideración y la anulación, los plazos para presentar y apelar, y dónde presentar o impugnar acciones. Cita la Carta Municipal y la orientación del City Clerk para los pasos oficiales y está vigente a febrero de 2026 cuando las fechas de las páginas no se muestran. Para el texto completo de la carta vea la City Charter y para los procedimientos de presentación del Concejo vea la orientación legislativa del City Clerk.

Cómo funcionan el veto y la anulación

El alcalde puede vetar ordenanzas y ciertas acciones del Concejo según lo definido en la Carta Municipal. El Concejo puede buscar anular un veto mediante una acción formal conforme a las normas de la Carta y los procedimientos del City Clerk. Cuando la Carta o las páginas del City Clerk no muestran plazos o multas explícitas, esta guía indica "no especificado en la página citada."

Sanciones y ejecución

El veto del alcalde y la anulación del Concejo son mecanismos legislativos, no esquemas de sanciones penales o administrativas. La Carta y las normas legislativas rigen los procedimientos; las multas monetarias no forman parte del propio veto o anulación. La ejecución de violaciones de ordenanzas dictadas corresponde a los departamentos señalados por cada ordenanza o sección del código municipal.

  • Responsable: el Concejo para las votaciones legislativas; el City Clerk gestiona el archivo y la publicación de resultados.
  • Disputas legales: la Oficina del City Attorney (litigio civil, dictámenes jurídicos).
  • Plazos: los plazos específicos para la acción del Concejo o la revisión judicial no están especificados en las páginas citadas.
  • Multas: sanciones monetarias por incumplimiento de procedimientos de veto: no especificado en la página citada.
  • Remedios no monetarios: invalidez de ordenanzas, medidas cautelares o recursos judiciales según el caso y la autoridad competente.
El proceso de veto y anulación es procedimental y se aplica mediante registros legislativos y, cuando se impugna, por los tribunales.

Solicitudes y formularios

No se requiere un formulario público específico para la "anulación". Las anulaciones se tramitan mediante moción o resolución del Concejo y el registro oficial en el City Clerk; consulte los procedimientos del City Clerk para los pasos exactos y los documentos requeridos. Si existe un formulario publicado para presentaciones relacionadas, estará disponible en el City Clerk; de lo contrario, la resolución del Concejo es el documento operativo.

Pasos procedimentales y acciones comunes

  • Introducción: un concejal presenta una moción o resolución para reconsiderar o anular un veto según la Carta y las reglas del Concejo.
  • Programación: el Concejo programa el asunto en una sesión pública y votación de acuerdo con las agendas publicadas.
  • Votación: el Concejo vota para mantener o anular; la Carta especifica el umbral de voto para la anulación en la página citada.
  • Presentación: el resultado se archiva y publica por el City Clerk para su inclusión en el registro oficial.
Consulte al City Clerk antes de presentar para confirmar la lista de verificación procedimental vigente.

Preguntas frecuentes

¿Qué es un veto del alcalde?
Un veto del alcalde es el rechazo por parte del ejecutivo municipal de una ordenanza o acción aprobada por el Concejo; la Carta Municipal define cuándo el alcalde puede vetar y los pasos posteriores para la reconsideración o anulación.
¿Cuántos votos se necesitan para anular un veto?
La Carta Municipal especifica el umbral de votos del Concejo requerido para anular un veto; consulte la Carta para la fracción exacta y el procedimiento.
¿Puede el público forzar una anulación?
Los residentes no pueden emitir directamente votos de anulación; pueden contactar a los concejales, presentar comentarios públicos o usar canales de petición y defensa. La anulación formal requiere moción y votación del Concejo.

Cómo hacer

Cómo solicitar o apoyar una anulación del Concejo:

  1. Revise el mensaje de veto del alcalde y la disposición específica de la Carta que rige el veto y la anulación.
  2. Contacte a su concejal para solicitar la introducción de una moción de reconsideración o anulación y aporte materiales de apoyo.
  3. Asegúrese de que el asunto se incluya en la agenda pública del Concejo y asista o envíe comentarios públicos para la audiencia.
  4. En la fecha programada, el Concejo votará; si se alcanza el umbral requerido, el Clerk registra la anulación y publica el resultado.
  5. Si se impugna el resultado, solicite orientación al City Attorney sobre revisión judicial o recursos declarativos.
Confirme los plazos procedimentales con el City Clerk para preservar cualquier derecho de presentación o impugnación.

Resumen

  • El veto del alcalde y la anulación del Concejo son procedimientos legislativos archivados por el City Clerk.
  • Las sanciones monetarias no aplican al procedimiento de veto; las medidas correctivas dependen del texto de la ordenanza y de acciones legales.

Ayuda y recursos


  1. [1] City of Los Angeles - City Charter (Disposiciones sobre veto y anulación)
  2. [2] City Clerk - Procedimientos legislativos y orientación de presentación