Reglas sobre regalos y nepotismo para funcionarios de Los Ángeles
Los Ángeles, California: los funcionarios municipales deben seguir las normas locales y las leyes estatales sobre conflictos de interés que abarcan regalos, nepotismo y divulgaciones relacionadas. Esta guía explica quiénes están cubiertos, qué se considera un regalo sujeto a informe o una contratación nepotista prohibida, y los pasos principales de cumplimiento: la divulgación en el Formulario 700, la consulta con la Comisión de Ética de la Ciudad de Los Ángeles y la consulta del código municipal para reglas locales. Para información sobre normas y capacitación de ética municipal, consulte la página de la Comisión de Ética de la Ciudad de Los Ángeles sitio web[1]. Para los formularios estatales de divulgación, vea la página del FPPC sobre el Formulario 700 Formulario 700[2]. Para el texto de ordenanzas y códigos, consulte los recursos del Secretario Municipal de Los Ángeles Código municipal[3].
Descripción general de las normas
Las personas cubiertas suelen incluir a funcionarios electos, muchos funcionarios designados y empleados públicos designados. Las normas distinguen entre regalos permisibles que deben informarse y conductas prohibidas que crean influencia indebida o favoritismo nepotista. La ley estatal establece obligaciones de información para muchos funcionarios; la Ciudad aplica normas locales a través de su Comisión de Ética y procedimientos municipales.
Sanciones y aplicación
La aplicación la supervisa principalmente la Comisión de Ética de la Ciudad de Los Ángeles y, cuando corresponda la ley estatal, la Comisión de Prácticas Políticas de California (FPPC) o los tribunales. Las cantidades específicas de multas no se especifican en la página citada y pueden depender de la ley o la ordenanza aplicada; consulte las páginas de las agencias citadas para el lenguaje oficial sobre sanciones y las referencias legales aplicables.[1]
- Importes de las multas: no especificados en la página citada; las sanciones pueden ser multas civiles u órdenes según la norma aplicada.
- Escalada: el tratamiento de la primera infracción, las reincidencias y las violaciones continuas depende de la ordenanza o el estatuto aplicable; los rangos específicos no se especifican en la página citada.
- Sanciones no monetarias: advertencias, órdenes de cese, obligación de desinvertir, suspensión de funciones o medidas judiciales pueden ser posibles según la resolución.
- Órgano ejecutor y vías de denuncia: la Comisión de Ética de la Ciudad de Los Ángeles gestiona las investigaciones ciudadanas; las quejas y consultas pueden presentarse a través de las páginas de contacto oficiales de la Comisión.
- Recursos y apelaciones: los derechos de apelación, revisiones administrativas o revisión judicial dependen del instrumento de ejecución; los plazos para apelar están establecidos en la ordenanza o estatuto aplicable y no se especifican en la página citada.
Solicitudes y formularios
El formulario principal de divulgación para muchos funcionarios municipales es la Declaración de Intereses Económicos (Formulario 700) del FPPC, que exige informar ciertos regalos e intereses; verifique su designación para conocer la frecuencia de presentación y los plazos. Consulte el Formulario 700 del FPPC para el formulario oficial e instrucciones de presentación.Formulario 700[2]
Infracciones habituales
- Aceptar regalos destinados a influir en acciones oficiales sin la divulgación correspondiente.
- Contratar o promover a un familiar cuando las normas municipales lo prohíben.
- No presentar los formularios de divulgación requeridos en el plazo establecido.
Cómo cumplir - Pasos de acción
- Determine si es declarante designado y qué categoría de presentación se le aplica.
- Complete y presente el Formulario 700 cuando proceda y conserve registros de regalos y decisiones de contratación.
- Cuando tenga dudas, solicite una opinión consultiva a la Comisión de Ética de la Ciudad de Los Ángeles o al asesor legal de su agencia.
- En caso de acusación, siga los procedimientos de la agencia de aplicación y tenga en cuenta los plazos de apelación.
Preguntas frecuentes
- ¿Quién debe informar regalos?
- Los funcionarios municipales designados y ciertos empleados públicos deben informar regalos según las normas estatales y locales; verifique su condición de declarante con la Comisión de Ética.
- ¿Qué es el nepotismo según las normas de la ciudad?
- El nepotismo suele referirse a contratar, supervisar o promover a familiares de manera que genere conflictos; las prohibiciones específicas están establecidas por ordenanza y políticas departamentales.
- ¿Cómo denuncio una presunta infracción?
- Presente una queja ante la Comisión de Ética de la Ciudad de Los Ángeles o ante el departamento correspondiente usando los procedimientos oficiales disponibles en las páginas de la Comisión o del Secretario Municipal.
Cómo hacer
- Identifique la posible infracción y recopile fechas, nombres y documentos relativos a regalos o acciones de contratación.
- Verifique si el asunto debe informarse bajo el Formulario 700 o una norma municipal sobre nepotismo.
- Presente una queja formal ante la Comisión de Ética de la Ciudad de Los Ángeles o comuníquese con la oficina de RR. HH. o legal de su agencia para una revisión interna.
- Siga las instrucciones de la agencia de aplicación, proporcione los registros solicitados y anote cualquier plazo de apelación si se dicta una resolución adversa.
Puntos clave
- Divulgue los regalos con prontitud mediante el Formulario 700 cuando sea declarante.
- Evite contratar o supervisar a familiares sin consultar las normas municipales y al departamento de RR. HH.
- Contacte a la Comisión de Ética de la Ciudad de Los Ángeles para recibir orientación y denunciar preocupaciones.
Ayuda y recursos
- Comisión de Ética de la Ciudad de Los Ángeles
- Comisión de Prácticas Políticas de California (FPPC)
- Secretaría Municipal de Los Ángeles - Código municipal y registros